Nueva Ley Estatal en Quintana Roo


LEY DEL IMPUESTO ADICIONAL PARA EL FOMENTO AL EMPLEO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO

Cozumel, Q Roo. Febrero 17, 2021

Dentro de las conferencias matutinas del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Andrés Manuel López Obrador en reiteradas ocasiones ha señalado que no se incrementarán o se vayan a crear nuevos impuestos.

Sin embargo, en nuestro esforzado y castigado estado libre y soberano de Quintana Roo nos encontramos que sin previo aviso o consenso se crea la LEY DEL IMPUESTO PARA EL FOMENTO AL EMPLEO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO.

Ley que fue publica el en Periódico Oficial del Estado del día 21 de diciembre de 2020, bajo el decreto 073.

La nueva ley es de carácter general y aplicable en el Estado de Quintana Roo y tiene por objeto regular el Impuesto Adicional para el Fomento al Empleo del Estado de Quintana Roo.

Y que los ingresos fiscales que se establecen en dicho ordenamiento será regulado de forma complementaria por la Ley del Impuesto Sobre Nóminas del Estado de Quintana Roo y por el Código Fiscal del mismo Estado.

Los contribuyentes de este impuesto tendrán las mismas obligaciones señaladas en la Ley arriba señalada.

La tasa del impuesto adicional es del 0.35 sobre la base gravable que es el impuesto sobre nóminas. Ejemplo práctico:

Total de remuneraciones pagadas76,523
3% sobre sobre el concepto anterior2,296
  
IMPTO ADICIONAL PARA EL FOMENTO AL EMPLEO
Base del impuesto2,296
0.35 sobre la base804
  
TOTAL IMPUESTO A PAGAR3,100

Dicho impuesto será mensual y definitivo, pagadero en los medios autorizados.

El destino de este impuesto se destinará al fomento del empleo directo en el Estado de Quintana Roo.

Considerando como como empleo directo aquel generado mediante contrato de un trabajador celebrado con la empresa.

Por consecuencia no se considera empleo directo aquel que se genera a través de una prestadora de servicios de personal (outsourcing).

Pero no todo es gravable, en la misma Ley en su Título Noveno, articulo 9 a la letra señala “Se concede un subsidio del 100%, en el pago del impuesto adicional para el Fomento al Empleo del Estado de Quintana Roo, cuando se pague el Impuesto Sobre Nómina sin la intervención de un tercero prestador de servicios de personal.

Conclusión

En conclusión, este impuesto será pagado únicamente por aquellos contribuyentes del Impuesto sobre Nóminas que tengan celebrado contratos con alguna outsourcing.