¿IMPUESTO AL DEPOSITO EN EFECTIVO para 2021?
¿IMPUESTO nuevo?
Febrero 05, 2021 – Cozumel Q Roo México
No. La Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo fue publicada en el DOF en el mes de octubre del año 2007 y entro en vigencia en el mes de junio del 2008; pero fue derogada el 2013 durante el gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto.
El IDE (Impuesto a los Depósitos en Efectivo), se aplicaba sobre el excedente de los depósitos mayores de $ 15,000.00 en efectivo que el contribuyente efectuaba a través de las instituciones del Sistema Financiero; incluía la suma de dichos depósitos en varias cuentas en el mismo banco en el mes. La tasa aplicada era de un 3% sobre el excedente.
Es importante mencionar que se entiende por depósitos en efectivo: “las cantidades en efectivo destinadas al pago de un crédito, préstamo o financiamiento otorgado por una institución del sistema financiero a una persona física o moral, que excedan del monto adeudado por tales conceptos. [RLISR. Art. 95].
Si bien es cierto que las reformas fiscales del 2013 elimino el IDE y por consecuencia esta ley no existe; existe la obligatoriedad de reportar estas operaciones en efectivo de manera anual a las tardar el día 15 de febrero, por parte de las Instituciones Financieras del país, en el formato electronico IDE-A (Declaración Anual de Depósitos en Efectivo) en concordancia a la LISR en su artículo 55 fracción IV, misma que a la letra señala:
“Las instituciones que componen el Sistema Financiero que pagan los intereses a que se refiere el artículo anterior, tendrán, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, las siguientes…” “Proporcionar anualmente a más tardar el 15 de febrero, la información de los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en las instituciones del sistema financiero, cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero exceda de $15,000.00, así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.”
CONCLUSIONES:
Son los bancos encargados de presentar una declaración anual, a más tardar el día 15 de febrero, en base a la información de los depósitos en efectivo las cuentas abiertas, que tu hagas y que excedan de los $ 15,000.00 pesos mensuales.
Con esta información el SAT puede ver si los depósitos declarados por el contribuyente discrepan de los declarados.
Es un foco de alarma para iniciar una revisión, si durante el ejercicio fiscal se efectuaron depósitos en efectivo y estos no fueron reportados debidamente, ya que la autoridad podría determinarlo como ingresos no declarados.
Por lo que hay que tener cuidado con estos depósitos que recibas o que estos excedan de los $ 15,000.00 pesos al mes, porque de lo contrario, el SAT puede pedirte el origen del dinero, y si no puedes comprobarlo, tendrás que pagar el impuesto correspondiente, más la actualización y recargos, y la multa.
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